DIVISIÓN DE LOGÍSTICA
REQUISITOS:
2. Formular y Remitir el Informe Administrativo solicitando el internamiento y posterior baja de los bienes Inoperativos, indicando la causal, formulado por el logístico de Unidad Usuaria.
4. Oficio dirigido al Sr. Coronel PNP Jefe de la División de Logística de la PNP solicitando el internamiento y Baja de Bienes Muebles Inoperativos.
6. Una vez que el expediente está completo el DEPACP-DIVLOG-PNP procede a verificar el código SBN y código SIGA-PATRIMONIO del bien, el cual de estar conforme a la Base de datos del SIGA MEF – MODULO PATRIMONIO se procede con su Internamiento.
7. Luego se formula el Acta de Internamiento la cual será firmada por el Encargado del Depósito de la DEPACP y el Logístico de
8. Se formula la Resolución Administrativa de Baja la cual será elevada a la Jefatura DIVLOG-PNP, para su aprobación.
NOTA: En caso los bienes no se encuentren registrados en el SIGA-PATRIMONIO, deberán presentar una Declaración Jurada emitida por el logístico de la Unidad Policial, en la que dan fe de la posesión y uso de los bienes inoperativos a internar.